Sociedad agraria de transformación

Una Sociedad agraria de transformación (SAT) es en el Derecho español una sociedad civil de finalidad económico-social constituida para la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, la realización de mejoras en el medio rural, la promoción y desarrollo agrario y la prestación de servicios comunes que sirvan a esa finalidad.[1][2]

Las principales diferencias con las cooperativas se derivan de que a las sociedades agrarias de transformación no les afectan como a las primeras los principios de «libre adhesión y baja voluntaria de los socios», «puertas abiertas» o «variabilidad del número de socios y del capital social», y en que los acuerdos económicos en los que los socios se comprometen estatutariamente puede utilizarse el voto proporcional a la participación individual de capital social suscrito por los mismos en lugar de la regla cooperativa de «un socio, un voto».[3]

Referencias

  1. «Sociedades Agrarias de Transformación - Registro. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía. España.». Consultado el 12 de agosto de 2020. 
  2. «Información sobre las Sociedades agrarias de transformación en la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España.». Archivado desde el original el 22 de octubre de 2016. Consultado el 26 de abril de 2014. 
  3. «Diferencias entre SAT y Sociedad cooperativa según la página web de la Consejería Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura. España.». Archivado desde el original el 26 de abril de 2014. Consultado el 26 de abril de 2014. 

Enlaces externos

  • BOE (España): Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación.
Control de autoridades
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  • Wd Datos: Q6130982
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